REGLAMENTO SOBRE VIAJES COMBINADOS Y DISPOSICIONES DE VIAJES VINCULADOS 2018
La combinación de los servicios de viaje que se le ofrecen constituye un viaje combinado como definido en los Reglamentos sobre viajes combinados y disposiciones de viajes vinculados. Por lo tanto, el viajero beneficiará de todos los derechos de la UE que se aplican a los paquetes. El operador del barco, RCL Cruises Ltd o Royal Caribbean Cruises Ltd (como se le informó en el momento de la reserva o en cualquier factura de confirmación), será completamente responsable del correcto desempeño del paquete en su conjunto. |
• El viajero recibirá toda la información esencial sobre su paquete vacacional antes de aceptar el contrato de viaje combinado: horario de transporte, idioma en el que se prestarán los servicios contratados, si el viaje es apto para personas con movilidad reducida, información sobre requisitos de pasaporte, visado, o trámites sanitarios.
• El organizador es responsable de la correcta ejecución de todos los servicios de viaje incluidos en el contrato.
• El viajero está informado del número de emergencia y/o de contacto para relacionarse con el organizador o su agente de viajes. Se establece que cuando el viajero envíe directamente a la agencia minorista cualquier tipo de petición o queja, a efectos de cumplimientos de plazos, el acuse de recibo por el minorista se considera como acuse de recibo por el organizador.
• El pasajero podrá ceder el contrato de viaje combinado con un preaviso mínimo de 7 días antes del inicio del viaje, con posibles costes adicionales.
• Solo se podrá aplicar incrementos de precios como consecuencia directa de cambios en:
El Coste del combustible
Impuestos o tasas (incluyendo tasas turísticas)
Cambios de los tipos de cambio
y si se estipula expresamente en el contrato y, en cualquier caso, no más tarde que 20 días antes del inicio del viaje. Si el aumento de precio excede el 8% del precio del paquete, el viajero podrá aceptar la modificación, rescindir el contrato sin penalización o aceptar un viaje combinado alternativo. Si el organizador se reserva el derecho a un aumento de precio, el viajero también tiene derecho a una reducción de precio si hay una disminución en los costos relevante.
• El viajero tiene derecho a rescindir el contrato pagando la penalización adecuada y justificable que se la haya informado previamente.
• El viajero tendrá derecho a poner fin al contrato de viajes combinado antes del inicio sin pagar ninguna penalización por causas inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje o al transporte de pasajeros al lugar de destino.
• El viajero puede rescindir el contrato sin pagar ninguna penalización y obtener un reembolso completo de su anticipo si alguno de los elementos esenciales del paquete, distintos del precio, se modifican significativamente. Si antes del inicio del viaje, el organizador cancela el paquete, el viajero tiene derecho a un reembolso y a una compensación.
• Si, después del comienzo del viaje, no se puede proporcionar elementos significativos del paquete según lo acordado, se deberá ofrecer al viajero alternativas sin costo adicional. El viajero podrá rescindir el contrato sin pagar ninguna penalización cuando los servicios no se realizan de acuerdo con el contrato y que esto afecte sustancialmente el viaje sin que el organizador no lo haya subsanado en el plazo establecido por el viajero.
• El viajero tiene derecho a una reducción de precio o compensación por daños y perjuicios o ambos cuando los servicios de viaje no se realizan o se realizan de forma incorrecta.
• El Organizador está obligado a prestar asistencia si el viajero se halla en dificultades.
• Si el organizador o el minorista se vuelven insolventes, los pagos serán reembolsados. Si el organizador o, en su caso, el minorista se declara insolvente después del inicio del paquete y si el transporte está incluido en el paquete, la repatriación del viajero está asegurada.
RCL Cruises Ltd dispone de una garantía por insolvencia establecida para los viajes combinados en el Art. 252.10 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña formalizada a través de la póliza de caución número 62712012 con la compañía aseguradora AXA. Los asegurados afectados en caso de insolvencia, podrán contactar directamente con AXA SEGUROS GENERALES, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS a través de:
Teléfono: 902.01.33.45 o 91.111.95.44
Email al Dpto de Siniestro: aperturas.empresas@axa.es
Directamente en alguna de las oficinas de AXA.